
Reforma laboral: qué cambia para tu salario, vacaciones, indemnización y derechos
.
La Ley de Modernización Laboral llegó al Senado con varios ajustes y un giro clave: mientras mantiene cambios importantes en salarios, vacaciones, jornada e indemnizaciones, retrocede en muchos puntos que afectaban directamente a los sindicatos. A continuación, un resumen claro y ordenado sobre lo que más le importa al trabajador.
Salarios: qué se modifica y qué se mantiene
La reforma permite que el sueldo incluya nuevos componentes variables o transitorios, ligados al mérito o al funcionamiento de la empresa.
Además:
Se habilita el pago en moneda extranjera si hay acuerdo entre las partes.
Se aclara qué gastos puede cubrir la empresa sin que formen parte del salario: uso de auto, viáticos, celular, internet y transporte para ir al trabajo.
Todos los pagos en dinero deberán hacerse mediante bancos o billeteras digitales autorizadas por el BCRA.
Qué significa para vos: puede haber más formas de cobrar adicionales y ciertos reintegros ya no sumarán para la indemnización.
Beneficios sociales: qué se considera “no remunerativo”
La ley define claramente los beneficios sociales, que no forman parte del sueldo:
Comedor o vales para alimentación.
Reintegros médicos, odontológicos y farmacéuticos.
Qué significa: son beneficios que ayudan al trabajador, pero no impactan en aportes, aguinaldo o indemnización.
Vacaciones: más flexible, pero con reglas
Empleador y trabajador podrán fraccionar las vacaciones, siempre que cada parte dure mínimo 7 días.
Además, se garantiza que cada empleado tenga vacaciones al menos una vez cada tres años en verano.
Qué cambia para vos: se puede negociar una distribución más cómoda, pero la empresa debe respetar tu derecho a descansar en temporada alta cada cierto tiempo.
Horas extra y jornada: acuerdos más amplios
Se permite pactar por escrito bancos de horas, compensación de extras o francos compensatorios.
Los convenios colectivos también podrán fijar métodos propios para calcular la jornada, siempre respetando descansos mínimos.
Qué significa: mayor flexibilidad, pero siempre dentro de los límites legales de descanso.
Indemnización por despido: baja la base de cálculo
Tres cambios centrales:
No se toman en cuenta pagos no mensuales (aguinaldo, vacaciones, premios no mensuales).
Se considera “habitual” lo cobrado al menos 6 meses en el último año.
Se fija un tope: la base salarial no puede superar tres veces el salario promedio del convenio.
Qué implica: en la mayoría de los casos, la indemnización sería más baja que con el sistema actual.
Fondo de Asistencia Laboral (FAL): un seguro de despido
Se crea un fondo financiado con una contribución mensual del 3% por parte de las empresas.
A cambio, los empleadores obtienen una reducción equivalente en aportes patronales.
Para el trabajador: el fondo cubriría indemnizaciones futuras, funcionando como un seguro.
Huelga y actividad sindical: más límites
En servicios esenciales, se deberá garantizar un 75% del funcionamiento normal.
En actividades de importancia trascendental, mínimo 50%.
Los sindicatos deberán avisar una huelga con 5 días de anticipación.
Para asambleas internas se requiere autorización del empleador y no se cobra salario durante ese tiempo.
La empresa solo podrá descontar aportes sindicales con consentimiento del trabajador.
Qué implica: más restricciones para ejercer derechos colectivos.
Uber, Cabify, DiDi, PedidosYa: nuevo régimen
La reforma crea un sistema específico para choferes y repartidores independientes:
Mantienen su independencia y pueden conectarse a varias plataformas.
Deben estar registrados y cumplir obligaciones fiscales.
Las plataformas deben ofrecer seguro de accidentes personales.
Qué significa: se reconoce un marco legal para trabajadores de apps, sin convertirlos en empleados.
Convenios colectivos: fin de la ultraactividad
Los convenios vencidos solo se mantienen hasta que se firme uno nuevo o se prorrogue expresamente.
Además, los convenios de ámbito menor (por ejemplo, de empresa) pueden prevalecer sobre los de sector.
Qué implica: más dinamismo en las negociaciones, pero también mayor poder de cada empresa para acordar condiciones propias.
Contribuciones patronales: baja del 3%
Comercio y servicios: del 20,4% al 17,4%.
Industria y pymes: del 18% al 15%.
Impacto posible: incentivo a registrar empleo, pero menores ingresos al sistema de seguridad social.
Cambios impositivos para empresas y personas
Ganancias: se actualizan quebrantos y se exime la venta o alquiler de inmuebles destinados a vivienda.
Renta empresaria: baja la alícuota general y la de los tramos altos desde 2026.
Renta financiera: se eliminan impuestos para acciones, fondos y CEDEARs.
En síntesis: ¿qué debería mirar el trabajador?
Podrás negociar vacaciones y horas extra con más flexibilidad.
Algunos adicionales ya no contarán para tu indemnización.
Los sindicatos tendrán menos poder en huelgas y asambleas.
La indemnización tiende a reducirse con la nueva fórmula.
Los trabajadores de apps tendrán un marco legal explícito.
Las empresas pagarán menos aportes y contarán con un fondo para cubrir despidos.