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Frenan los eventos privados en Cataratas: la Justicia suspendió una resolución de Parques Nacionales

La Cámara Federal de Posadas ordenó detener la aplicación de una normativa que habilitaba microeventos en el Parque Nacional Iguazú. La medida cautelar regirá hasta que se resuelva el fondo del planteo judicial.

Frenan los eventos privados en Cataratas: la Justicia suspendió una resolución de Parques Nacionales

La Cámara Federal de Posadas ordenó detener la aplicación de una normativa que habilitaba microeventos en el Parque Nacional Iguazú. La medida cautelar regirá hasta que se resuelva el fondo del planteo judicial.

La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas resolvió suspender la aplicación de la Resolución 460/2025 de la Administración de Parques Nacionales (APN), normativa que habilitaba la realización de eventos privados de pequeña escala dentro del Parque Nacional Iguazú. La medida se dictó tras una apelación presentada por la Asociación Civil Orembae y establece una cautelar de “no innovar” hasta que exista una sentencia definitiva.

El fallo, firmado el 28 de abril por los jueces Fabián Gustavo Cardozo, Mario Osvaldo Boldu y Mirta Delia Tyden, revocó una decisión de primera instancia del Juzgado Federal de Puerto Iguazú, que había rechazado el pedido al considerar que no existía un “peligro cierto e inminente”.

La resolución cuestionada había sido aprobada en diciembre de 2025 y permitía desarrollar actividades privadas con hasta 60 participantes en el área Cataratas. Desde la APN sostenían que se trataba de propuestas de “bajo impacto operativo” y carácter “experimental”, que debían cumplir con declaraciones juradas ambientales y controles administrativos simplificados.

Sin embargo, la organización ambientalista que impulsó la acción judicial planteó que la normativa evitaba la realización de una Evaluación de Impacto Ambiental y no contemplaba mecanismos de participación ciudadana, tal como lo establece la legislación vigente y compromisos internacionales como el Acuerdo de Escazú.

En un comunicado, Orembae sostuvo que el fallo “constituye un hito fundamental en la defensa del patrimonio natural” y valoró que el tribunal haya revisado el criterio anterior. La medida implica, en la práctica, la paralización de los eventos privados en el área protegida hasta que la Justicia se pronuncie sobre la validez de la resolución.

El caso se inscribe en un debate más amplio sobre los usos permitidos en áreas protegidas y los límites entre la actividad turística y la preservación ambiental en uno de los principales destinos naturales del país. (Misiones Online)

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