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Endeudamiento, acoso y derechos del consumidor: claves legales para afrontar una deuda en tiempos de crisis

La abogada y docente Cecilia Riaño analizó en Multimedios Génesis el crecimiento del endeudamiento, las cobranzas extrajudiciales, los límites de los embargos y la importancia de conocer los derechos de los consumidores. También llamó a revisar los hábitos de consumo y priorizar necesidades ante el actual escenario económico.

Endeudamiento, acoso y derechos del consumidor: claves legales para afrontar una deuda en tiempos de crisis

La abogada y docente Cecilia Riaño analizó en Multimedios Génesis el crecimiento del endeudamiento, las cobranzas extrajudiciales, los límites de los embargos y la importancia de conocer los derechos de los consumidores. También llamó a revisar los hábitos de consumo y priorizar necesidades ante el actual escenario económico.

El endeudamiento se convirtió en una de las problemáticas que atraviesan a numerosas familias y trabajadores, que recurren a tarjetas de crédito, préstamos bancarios, mutuales y financieras para afrontar gastos cotidianos. En este contexto, la abogada y docente Cecilia Riaño visitó Multimedios Génesis y brindó una serie de recomendaciones legales y sociales para quienes atraviesan situaciones de deuda.

Riaño planteó que detrás del crecimiento de la morosidad existe, entre otros factores, una falta de educación financiera, que lleva a muchas personas a asumir compromisos superiores a sus posibilidades de pago.

“Hay una crisis educativa, la gente no entiende educación financiera”, sostuvo, al explicar que muchas veces se utiliza la tarjeta para adquirir productos básicos y se acumulan cuotas que terminan comprometiendo los ingresos de los meses siguientes.

Sin embargo, también reconoció que la realidad económica coloca a muchas familias frente a una disyuntiva difícil: endeudarse o no poder cubrir necesidades esenciales.

Deuda y acoso: qué debe saber el consumidor

Uno de los principales puntos abordados durante la entrevista fue el de las cobranzas extrajudiciales y los mensajes intimidatorios que reciben quienes mantienen deudas.

Riaño remarcó que un mensaje de texto, un correo electrónico o una llamada telefónica no equivalen a una notificación judicial.

Según explicó, una notificación fehaciente de una deuda puede producirse mediante una carta documento o a través de una cédula judicial, cuando existe una demanda.

En ese sentido, diferenció claramente la cobranza extrajudicial de un juicio: recibir mensajes o llamadas reclamando una deuda no significa que exista automáticamente un proceso judicial ni que vaya a producirse un embargo.

La profesional también señaló que las prácticas de acoso o intimidación durante las cobranzas pueden ser denunciadas ante Defensa del Consumidor.

Una recomendación central: no responder impulsivamente

Uno de los consejos más importantes de la entrevista estuvo relacionado con la reacción frente a los mensajes de los cobradores.

Riaño recomendó no responder impulsivamente a mensajes intimidatorios, especialmente cuando provienen de números desconocidos.

Explicó que, si una persona responde reconociendo expresamente la deuda o intentando negociar a través de ese medio, ese intercambio podría eventualmente ser utilizado como prueba y tener consecuencias respecto de los plazos de prescripción.

Por eso, ante una situación de este tipo, recomendó buscar asesoramiento profesional antes de reconocer o negociar una deuda.

Los embargos tienen límites

Durante la conversación también se abordó una preocupación frecuente: los embargos sobre los salarios.

Riaño explicó que los embargos requieren la existencia de un proceso judicial y que no pueden afectar la totalidad del sueldo, ya que existen límites establecidos legalmente.

Además, señaló que pueden existir varios embargos sobre un mismo salario, pero el porcentaje embargable no se multiplica indefinidamente por cada acreedor, sino que existen reglas para determinar cómo se distribuye.

¿Las deudas prescriben?

Otro de los temas centrales fue la prescripción de las obligaciones.

La abogada explicó, tomando como ejemplo las deudas de tarjetas de crédito, que existen determinados plazos para que los acreedores reclamen judicialmente el pago y que, cumplidos los requisitos legales, puede plantearse la prescripción.

Remarcó, sin embargo, que la prescripción no opera automáticamente y que, ante un eventual juicio, debe ser planteada jurídicamente por la persona afectada.

Por ese motivo, frente a una demanda judicial, la recomendación es recurrir inmediatamente a un abogado para analizar la situación y los plazos correspondientes.

Jóvenes y endeudamiento

La profesional también se refirió al crecimiento del endeudamiento entre los jóvenes, particularmente aquellos que todavía no cuentan con un patrimonio significativo.

En este punto explicó que, desde una perspectiva jurídica, el patrimonio constituye la garantía general de las obligaciones. También cuestionó que determinados comercios o entidades otorguen créditos a personas sin capacidad económica suficiente para afrontarlos.

Riaño consideró que detrás de estas prácticas existe un modelo de negocio que contempla el riesgo de incobrabilidad dentro de sus propios cálculos.

Consumo, cuotas y nuevas prioridades

Más allá de los aspectos jurídicos, la entrevista abrió una reflexión sobre los hábitos de consumo.

La abogada sostuvo que durante períodos de mayor estabilidad económica muchas familias incorporaron bienes y servicios que luego se transformaron en gastos permanentes: vehículos, aires acondicionados, suscripciones, servicios de entretenimiento y otros consumos.

“Hay que reevaluar las prioridades”, planteó, al considerar que en un contexto de crisis es necesario revisar qué gastos son realmente indispensables.

También llamó a no confundir una determinada posición económica con un nivel de vida que necesariamente deba mantenerse cuando cambian los ingresos.

Vivienda familiar y derechos de los hijos

En el tramo final de la entrevista, Riaño respondió a una consulta sobre las viviendas familiares en situaciones de separación.

Explicó que, cuando existen hijos menores, el criterio jurídico busca preservar sus condiciones de vida y su centro de vida. Por eso, la permanencia en la vivienda familiar no debe analizarse simplemente en función de quién figura como propietario, sino teniendo en cuenta fundamentalmente el interés y los derechos de los hijos.

La profesional remarcó además que las obligaciones alimentarias tienen como objetivo preservar, dentro de las posibilidades económicas de los progenitores, el nivel de vida que tenían los hijos antes de la separación.

Conocer los derechos para no actuar desde el miedo

La entrevista dejó como uno de sus principales mensajes la importancia de informarse antes de tomar decisiones bajo presión.

Frente a una deuda, Riaño recomendó revisar las condiciones del contrato, leer cuidadosamente las cláusulas, prestar atención a los costos adicionales y analizar si el nuevo compromiso realmente puede ser afrontado sin profundizar el problema.

En un escenario marcado por el endeudamiento y la incertidumbre económica, conocer la diferencia entre una cobranza extrajudicial y un juicio, saber cuáles son los derechos del consumidor y buscar asesoramiento antes de reconocer o negociar una deuda puede resultar fundamental.

“Reevalúe a dónde se va a meter”, fue, en definitiva, una de las principales recomendaciones de la profesional para quienes están pensando en tomar un nuevo crédito para cubrir obligaciones anteriores.

Escucha la entrevista completa:

Multimedios Génesis Eldorado | Red de Medios Misiones 

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