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Un sujeto ahorcó a su perra, ya que “le causaba perjuicios”, y ahora enfrentará a la justicia

Eldorado 10 de abril de 2021 Redaccion Multimedios Genesis Redaccion Multimedios Genesis

Un habitante del barrio Elena, de Eldorado, denunció esta semana a su vecino porque ahorcó a su propia perra, supuestamente “el animal se comía a las gallinas y algunas veces hacía desastres dentro de la casa de su dueño”.

La triste información, la brindó en exclusiva a Multimedios Génesis el Director de Zoonosis municipal, Carlos Leiva. A partir de ahora, este despiadado sujeto deberá enfrentar cargos en la justicia penal, que van desde los quince días hasta los doce meses de cárcel por el delito.

Leiva contó que la Comisaría 2º de Eldorado recibió la llamada y la policía junto al equipo de inspectores de Zoonosis organizaron una comisión para constatar la veracidad de los dichos. Fue así que se desplazaron hacia el barrio Elena y comprobaron que la perra de nombre “Xuxa” -de entre 4 y 5 años de edad- estaba muerta y su dueño confesó haberla colgado “ya que le causaba perjuicios”, para después enterrarla en el patio de la propiedad.

 

Tenencia responsable

“No hacía falta llegar a esto. El dueño del animal debió atarlo y cuidar que los pollos o las gallinas no se le acerquen. Si ya no quería más a su perra, tuvo que haber buscado a alguien y darla en adopción”, lamentó el experto municipal. 

 

Tipificación del delito

Las autoridades intervinientes, realizaron la denuncia y le corresponden las actuaciones legales al Juzgado de Instrucción Nº 2, Secretaría Nº 2, que se encuentra de turno. “Nosotros labramos el acta por la infracción a la Ordenanza Nº 190/2018 que tiene por objeto la tenencia responsable de animales domésticos en el ejido urbano de Eldorado”, detalló el funcionario y dijo que la justicia deberá procesar a este hombre y enjuiciarlo en el marco de la Ley Nº 14.346 sobre “Maltrato y actos de crueldad hacia los animales”.

“Como mínimo le corresponderá quince días de prisión y de máximo un año”, aseguró Carlos Leiva en comunicación con Multimedios Génesis.

 

Ley Nº 14.346

 

ARTÍCULO 1º - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales.

ARTÍCULO 2º - Serán considerados actos de maltrato:

1° No alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos.

2° Azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas.

3° Hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.

4° Emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado.

5° Estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos.

6° Emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

ARTÍCULO 3º - Serán considerados actos de crueldad:

1° Practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables y en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello.

2° Mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento, marcación o higiene de la respectiva especie animal o se realice por motivos de piedad.

3° Intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, con fines que no sean terapéuticos o de perfeccionamiento técnico operatorio, salvo el caso de urgencia debidamente comprobada.

4° Experimentar con animales de grado superior en la escala zoológica al indispensable según la naturaleza de la experiencia.

5° Abandonar a sus propios medios a los animales utilizados en experimentaciones.

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