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Cataluña: el viernes comenzará a regir la ley de eutanasia aprobada en marzo

Según la nueva norma, podrán solicitar asistencia para morir aquellas personas que padezcan una enfermedad incurable o un padecimiento grave, que sean mayores de edad y que realicen la petición por escrito dos veces.

Mundo 24 de junio de 2021 Redacción Redacción

A partir de este viernes comenzará a regir en Cataluña la ley que garantiza el derecho a la eutanasia, aprobada en España en marzo de este año tras un intenso debate. 

Este martes, el gobierno de Cataluña creó la comisión de garantía y evaluación, responsable de analizar, aprobar o denegar cada petición. El órgano estará formado por tres médiques, tres juristas, dos enfermeres, un psicólogue, un trabajador o trabajadora social y un representante de la sociedad civil, elegides a propuesta de los colegios profesionales. 
 

También aprobó la creación del registro de objetores, donde podrán inscribirse los y las profesionales que, por sus creencias, no quieran participar de la aplicación de la ley. Cuando la objeción se refiera a un caso en concreto, sin embargo, no hará falta inscribirse con antelación. También es posible abandonar el registro cuando el médico o médica así lo requiera. 

“Sobre la objeción de conciencia, la ley contempla la aceptación del 90% de los profesionales, según encuestas de Salud, pero hay facultativos que se plantean rechazar intervenir en algún caso concreto. Entonces no hará falta que se registren como objetores”, advirtió  Josep Arimany, que preside la comisión consultiva del Colegio de Médicos de Barcelona y es presidente de la comisión de la especialidad de Medicina Legal del Ministerio de Sanidad.


El Departamento de Salud, que viene realizado webinars para dar a conocer la norma entre los médicos, médicas y otros trabajadores sanitarios, también pondrá a disposición material divulgativo sobre los derechos que garantiza esta nueva ley.

A su vez, desde el viernes, los ciudadanos y ciudadanas tendrán disponible en la página oficial del Departamento de Salud información sobre el final de vida y todos los detalles de la norma (sus plazos, la documentación necesaria para iniciar la tramitación de la prestación de ayuda para morir, etc.) 

“El modelo español es muy garantista, lo que da mucha seguridad jurídica a los profesionales”, señaló Arimany. Lo fundamental, indicó el especialista, es “que se respete la solicitud del paciente”. Para que no haya obstáculos a esa decisión, desde la comisión colegial también se ha ofrecido formación y un programa para guiar y supervisar cada paso de la ley. 

“Los problemas pueden ser sobre todo organizativos, porque el médico o médica a quien se le haga la solicitud debe buscar un segundo profesional que corrobore toda su gestión del caso. Habrá lugares donde eso no será tan fácil”, anticipó Arimany al respecto.

En los próximos días también habrá que resolver algunos escenarios que den lugar a diferentes interpretaciones, por ejemplo cuando aquellas personas en estado de sufrimiento tengan un problema grave de salud mental que les impida representarse a sí mismos y no cuenten con un tutor judicial que pueda hablar en su nombre. Si bien esos casos están contemplados en la ley, todavía faltan los documentos para resolverlos.

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