Condena millonaria a la CEEL y tres de sus autoridades, por despido discriminatorio de diez trabajadores | Entrevista Multimedios Génesis
Eldorado16 de septiembre de 2021Redaccion Multimedios GenesisDespués de casi siete años de proceso, la justicia laboral de Eldorado condenó a la CEEL y a tres personas a pagar por el despido “por motivos discriminatorios” a diez personas, que habían apoyado políticamente a otra lista en su época.
Al respecto, el letrado patrocinante de los diez trabajadores despedidos “sin justa causa y únicamente por motivos discriminatorios”, doctor Julio González Schinca explicó a Multimedios Génesis en qué consistió básicamente la acción judicial impetrada: “Hace siete años atrás, estos diez trabajadores de la CEEL me visitaron en el estudio para relatar sus casos. Logré encuadrar cada despido en la Ley Nº 23592”.
Para el grupo, fue una apuesta fuerte “porque no tenían antecedentes jurisprudenciales sobre un fallo en la materia”, explicó el entendido.
En su momento, los despidos supuestamente fueron por una reestructuración en la CEEL, “pero nunca se comprobaron tales argumentos”, sostuvo el abogado.
De confirmarse la sentencia de Primera Instancia, tanto en la Cámara de Apelaciones o en el Superior Tribunal de Justicia; su ejecución alcanzaría en concepto de indemnizaciones, honorarios profesionales, pericias y tasas los $8.000.000.
Fuerte apuesta
La acción judicial no sólo se entabló en contra de la CEEL, sino que también contra el presidente, el vicepresidente y la tesorera: “Para no perjudicar únicamente el patrimonio del organismo”.
Así las cosas, el fallo de primera instancia condena -luego de casi siete años- a la CEEL, a Alberto Romero, Héctor Zagert y Laura Robles; por responsabilidad solidaria, culpa de este tipo de conducta y/o decisiones tomadas.
“Ahora, de confirmarse en Cámara, quienes vengan de aquí en más se deberán cuidar porque ya habrá un precedente”, analizó González Schinca.
Y es precisamente el artículo 86 de la normativa de la CEEL el que establece la pena por la que responderán quienes la infrinjan.
Análisis del encuadre
Básicamente, la Ley Nº 23592 establece a los actos discriminatorios como delitos, basándose en el artículo 16 de la Constitución Nacional, determinando que comete acto discriminatorio quien restrinja o menoscabe las bases igualitarias expresadas en la ley fundamental de Argentina. Considera particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.
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