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Demandó a una empresa por no darle un premio y le deberán pagar dos millones de pesos

Argentina03 de diciembre de 2021Redaccion Multimedios GenesisRedaccion Multimedios Genesis

En 2013, la campaña "Destapadísimo" ofrecía descuentos en nuevos compras o productos gratis en el reverso de las tapas de sus envases: Lisandro Caronni participó de la promoción y recorrió durante todo un mes distintos puntos de venta con centros de canje, aunque no logró acceder al beneficio que prometía la empresa láctea. 

Catorce botellitas de Actimel, 7 postres Serenito, 16 botellitas de Danonino y 2,7 millones de pesos es lo que deberá pagar la empresa La Serenísima, de Danone Argentina S.A, a un abogado cordobés que presentó una demanda, en 2013, por la infracción de la firma láctea a la Ley de Defensa del Consumidor.  

El fallo del juez Sebastián Monjo Juzgado Civil, Comercial y de Familia de Villa María, le dio la razón a la demanda presentada al abogado Lisandro Caronni, quien en 2013 había sido beneficiado por la campaña "Destapadísimo", en la que La Serenísima ofrecía descuentos en nuevos compras o productos gratis en el reverso de las tapas de sus envases. 

Caronni participó en dicha promoción y resultó acreedor de varios beneficios y premios, pero durante todo un mes visitó distintos puntos de venta con centros de canje y no logró acceder al beneficio que prometía la empresa láctea. En ese sentido, el juez Monjo resaltó que la Ley de Defensa al Consumidor considera la “gravedad de los riesgos o de los perjuicios sociales derivados de la infracción y su generalización”.  

El magistrado de Villa María señaló que para aplicar la pena contra la empresa “no basta un simple daño, sino que debe tratarse de un perjuicio que por su gravedad y trascendencia social exija una sanción ejemplar a fin de evitar una reiteración de laconducta dañosa”. 

En ese análisis, el juez consideró que La Serenísima “no sólo afectó a los consumidores quienes no obtuvieron su premio, sino también a las marcas de la competencia quienes vieron postergados la adquisición de sus productos por aquellos pertenecientes a la promoción”.

Atento al cumplimiento de la norma y la infracción cometida por la firma, propiedad de Danone Argentina S.A, Monjo ordenó pagar al denunciante, en el plazo de tan solo diez días, los productos que debió haber obtenido a cambio de la promoción y un monto de $318.831,10 pesos, que más intereses totaliza 2,7 millones.

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