VIVONUEVO

KinesioEldorado_UGD--2024____1520x200

Turismo internacional: en noviembre del año pasado 89,% menos partidas y 97,2% arribos menos que en 2019

Argentina 14 de enero de 2021 Redaccion Multimedios Genesis Redaccion Multimedios Genesis

Turismo internacional: en noviembre de 2020 se estimaron 28,6 mil partidas y 7,4 mil arribos por vía aérea: 89,3% y 97,2% menos que en 2019. determinó el Indec.

A partir de marzo de 2020 se establecieron restricciones a la circulación de las personas en todo el país con el objetivo de reducir la exposición al contagio de la Covid-19 en el marco de la emergencia sanitaria.

En particular, de acuerdo al decreto nº 260/20,1 el 12 de marzo quedaron suspendidas las llegadas de todos los vuelos internacionales de pasajeros que unen la Argentina con destinos considerados de riesgo. Solo la compañía Aerolíneas Argentinas fue exceptuada y continuó operando con un plan especial de contingencia para la repatriación de connacionales a partir del 17 de marzo.

En normas posteriores se ampliaron y modificaron las restricciones para el ingreso y egreso de pasajeros al territorio nacional a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso.

Las disposiciones mencionadas fijan algunas excepciones sobre la prohibición de ingreso, por ejemplo, para quienes tienen causas justificadas, de acuerdo al decreto nº 274/20,2 con las normas complementarias y modificatorias.

El Gobierno nacional implementó en abril, mediante el decreto de necesidad y urgencia nº 31/20,3 la apertura planificada y controlada de pasos terrestres, aéreos, fluviales y marítimos, bajo la modalidad de “corredores seguros”, para posibilitar el ingreso paulatino al territorio nacional de las personas residentes en el país y de los argentinos con residencia en el exterior que no hayan podido hacerlo durante la vigencia del decreto nº 313/20,4  en el marco de las medidas adoptadas para contener la COVID-19.

El 30 de octubre se publicó la resolución nº 243/205 del Ministerio de Transporte, donde se encomendó a la Administración Nacional de Aviación Civil la aprobación de la programación de las operaciones de transporte aéreo internacional de pasajeros, respetando las restricciones de ingreso al país, establecidas en el decreto nº 274/20 y sus sucesivas prórrogas y excepciones. De este modo, se reanudaron los vuelos internacionales regulares que hasta dicho momento se venían realizando como vuelos especiales autorizados como excepción.

En este contexto, mediante la decisión administrativa nº 1.9496  emitida por el Jefe de Gabinete de Ministros y publicada el 29 de octubre, el Gobierno nacional estableció la excepción al cumplimiento del aislamiento social preventivo y obligatorio a la actividad del Turismo y al Servicio Público de Transporte Internacional a los efectos de realizar una prueba piloto de turismo receptivo, para turistas provenientes de países limítrofes que sean nacionales o extranjeros residentes en ellos y cuyo destino sea el Área Metropolitana de Buenos Aires. Quienes ingresaron al país al amparo de la  presente norma debieron presentar una Declaración Jurada Obligatoria, una constancia de PCR negativo (con 72 horas de antelación como máximo) y un seguro de asistencia médica que comprenda prestaciones de internación y aislamiento por la COVID-19.

Por su parte, los movimientos del turismo emisivo continuaron limitados a las condiciones de ingreso del país de destino. Los requisitos migratorios que se debían cumplir incluyeron residencia en el país de destino, tener doble ciudadanía o contar con permisos acordados, como en los casos de reagrupaciones familiares y trabajadores o estudiantes con la correspondiente documentación.

Te puede interesar
Lo más visto