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Jubilados y pensionados pueden designar a un apoderado ante Anses

General28 de enero de 2025Redaccion Multimedios GenesisRedaccion Multimedios Genesis
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El organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, recordó que, jubilados y pensionados, pueden designar a un apoderado para tramitar o percibir la prestación en su nombre.

Para ello, es necesario que sus datos y los de su grupo familiar estén registrados y actualizados en Mi Anses, para luego solicitar un turno y concurrir con DNI y la documentación correspondiente a la oficina más cercana al domicilio.

¿Quiénes pueden ser apoderados?

Para realizar trámites pueden ser apoderados el o la cónyuge, conviviente previsional, madre o padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío, primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra, padrastro, suegro, hijastro o cuñado. Asimismo, puede nombrarse un representante especial por tiempo determinado cuando una persona se encuentre imposibilitada para movilizarse.

Para realizar el cobro, los titulares pueden elegir también como apoderado a una entidad pública nacional, provincial o municipal; mutuales e instituciones de asistencia social; así como abogados y procuradores.

En caso de residentes en el exterior, el poder puede otorgarse a un banco -que cuente con la opción giro al exterior- para cobro de la jubilación o pensión. Las entidades habilitadas son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A. y Banco Comafi S.A.

Para más información, ingresar al portal web de Anses.

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