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Elecciones 2021: recuerdan que está prohibida la venta de bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20 hasta el domingo a las 22

De cara a las elecciones del domingo 6 de junio, se recuerda que la Ley Electoral de la Provincia establece la prohibición del expendio de bebidas alcohólicas desde el sábado a las 20 hasta el domingo a las 22 horas.

Provincia 05 de junio de 2021 Redacción Redacción

En tal sentido, la Ley Electoral dispone el arresto de 30 a 40 días a las personas que expenden o suministran a título gratuito, bebidas alcohólicas durante el horario fijado para el proceso eleccionario, 12 horas antes y hasta 3 horas después de finalizado los comicios.

La Ley Electoral incluye otro tipo de prohibiciones para garantizar el orden el día de la votación:

- Que los electores se reúnan en grupos a menos de 80 metros de las mesas de votación.
- Los espectáculos o eventos deportivos, ya sean al aire libre o en recintos cerrados, hasta pasadas tres horas del cierre de los comicios.
- La venta de bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado hasta tres horas después del cierre de las urnas.
- Repartir boletas en un radio de 80 metros de los lugares de votación.
- El uso de banderas o cualquier símbolo partidario.
- Los actos de proselitismo.
- La difusión de encuestas, sondeos o proyecciones sobre los resultados.
- La apertura de locales partidarios si están ubicados a menos de 80 metros de los lugares de votación.


Sanciones por no respetar la veda electoral

Con el comienzo de la veda electoral, que se inició este viernes a las 8 Hs, el Municipio recuerda a los candidatos que no pueden realizar declaraciones ni actos proselitistas hasta el cierre de los comicios. Tampoco se pueden publicar ni difundir encuestas hasta las 22 Hs del domingo.

- Los partidos y agrupaciones políticas: Si no cumplen el período de la veda perderán el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.
- Personas físicas o jurídicas: Si no se respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en tele, radio y medios gráficos deberán pagar las multas correspondientes. Lo mismo para la persona que realice actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

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