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Colectivos de larga distancia ya no cubrirán los riesgos por accidentes de pasajeros

General22 de agosto de 2024Redaccion RMMRedaccion RMM

Nación determinó que las empresas del servicio de transporte de larga distancia sólo deberán brindar a los pasajeros los seguros básicos. La medida fue informada este jueves a través de la publicación de la Resolución 775/2024 en el Boletín Oficial.

El Gobierno deja de exigir a las empresas de colectivos de larga distancia el seguro de riesgos de muerte en incapacidad de los pasajeros. La medida fue informada este jueves a través de la publicación de la Resolución 775/2024 en el Boletín Oficial. La medida lleva la firma del ministro de Economía, Luis Caputo.

Mediante esta decisión, el Gobierno Nacional continúa con su plan de desregulación estatal, esta vez aplicado en el sector del transporte. El objetivo es según menciona el escrito es que se abarate el costo de los boletos. De todas maneras, se multiplican las dudas respecto al impacto que esta medida podría tener en el valor de los pasajes.

En rigor, la normativa deroga la Resolución 684, sancionada durante el gobierno de Alberto Fernández, que establecía la ampliación del seguro de responsabilidad civil para cubrir los riesgos de muerte e incapacidad de pasajeros por accidentes en servicios de transporte automotor interurbanos de pasajeros de larga distancia.


Con la anulación de la regulación, también queda sin efecto la obligación a las empresas de transporte de informar el costo del seguro en los boletos, que se había dispuesto "a los efectos de dejar constancia del alcance de la cobertura otorgada a los pasajeros".

De esta manera, las compañías del sector sólo deberán brindar a los pasajeros los seguros básicos que tengan contratados.

md (28)

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